Por María Fernanda Viecens*
El año pasado fui invitada por la OCDE a participar en un panel sobre Remedios Antitrust en la Economía Digital en el 2025 Latin American and Caribbean Competition Forum. En mi presentación argumenté dos ideas que considero relevantes para ser tenidas en cuenta en la región y sobre las que conversaremos y discutiremos en el curso de Economía digital, Competencia y Antitrust.
En primer lugar, el debate actual sobre la regulación económica de las grandes plataformas tecnológicas es un deja vu de una discusión que ya experimentó el sector de telecomunicaciones, y que giraba en torno a la competencia basada en servicios frente a la competencia basada en infraestructura. En ese entonces, el modelo europeo promovía la regulación de acceso a las empresas incumbentes nacionales para fomentar la competencia en los segmentos de servicios y facilitar la entrada de nuevos participantes. Por el contrario, el modelo estadounidense confiaba en la competencia basada en infraestructura, sin regulación de acceso. Mucha literatura se ha escrito sobre los efectos de estos dos modelos contrapuestos, en particular acerca del potencial trade-off entre eficiencia estática y eficiencia dinámica y del impacto de las regulaciones de acceso sobre la inversión. En particular, sobre la base de una exhaustiva revisión de la literatura teórica y empírica, Cambini y Jiang (2009) concluyeron que, si bien algunos estudios encuentran efectos no negativos de la regulación de acceso sobre la inversión, y que la desagregación del bucle local pudo tener un impacto positivo sobre la adopción y penetración de la banda ancha, la mayor parte de la evidencia sugiere que la desagregación del bucle local desincentivó la inversión, tanto de los incumbentes como de los entrantes.
En la actualidad, con foco en los grandes actores de la economía digital, la Digital Markets Act (DMA) aspira a reducir las barreras en segmentos potencialmente competitivos, principalmente mediante la interoperabilidad y el acceso a recursos clave, de forma similar a las obligaciones de acceso que se impusieron antes en las redes incumbentes de telecomunicaciones. Por consiguiente, Europa parece estar promoviendo nuevamente una competencia basada en servicios, dentro de las plataformas individuales, lo que privilegia la aparición de innovaciones incrementales.
Mi interés principal radica en debatir si América Latina debe elegir el enfoque europeo o privilegiar incentivos para innovaciones disruptivas y competencia entre redes. La segunda opción no parece utópica ya que contamos en la región con actores que ya compiten fuertemente (a nivel de nueva red y no de manera incremental) con Gatekeepers que Europa regula.
En segundo lugar, la evidencia de los casos antitrust recientes sugiere que América Latina se inclina por seguir un camino distinto al europeo. Ibañez Colomo (2023) describe una transformación progresiva del enforcement europeo, desde un enfoque “law-driven” hacia uno “market-shaping” que deriva en la DMA, y según la cual la Comisión Europea ha intervenido crecientemente no solo para terminar infracciones concretas, sino también para moldear la estructura y el funcionamiento de los mercados, especialmente mediante remedios proactivos en lugar de remedios reactivos tradicionales. Mientras que los remedios “reactivos” del antitrust refieren al cease-and-desist, obligaciones negativas e intervenciones puntuales, los remedios “proactivos” implican obligaciones de acceso, interoperabilidad, cambios de diseño y de modelos de negocio, monitoreo continuo, etc.
Utilizando una tipología de casos propuesta por Ibáñez Colomo (2023), comparo el tipo de remedios e intervenciones utilizados en la región con los aplicados en Europa (Tabla 1). En efecto, mientras que en los últimos años los remedios en Europa han tendido a ser proactivos, en la región han prevalecido los remedios reactivos tradicionales del enforcement de antitrust.
Una de las diferencias más notorias entre Europa y América Latina se observa en el caso Facebook/Meta. Mientras que la investigación por los términos y condiciones de los servicios de la compañía devino en una investigación y compromiso con el Bundeskartellamt de Alemania, y que luego implicó artículos específicos de la DMA, a partir de preocupaciones competitivas análogas las agencias de competencia de Argentina y Chile cerraron sus investigaciones sin ningún tipo de sanción ni compromiso.
Esta breve comparación sugiere que, en mercados digitales, América Latina no está recorriendo una senda de transformación del enforcement análoga a la europea, aun cuando la legislación de competencia de la región está fuertemente inspirada en la experiencia europea. Por el contrario, puede observarse que, al menos por el momento, los remedios aplicados son de antitrust tradicional y los países de la región no parecen orientarse hacia la adopción de regulaciones del tipo de la DMA.
MARÍA FERNANDA VIECENS es docente del curso «Competencia y Antitrust en la Economía Digital» del CETyS, que en 2026 comienza el miércoles 5 de agosto y durante los meses de junio y julio tiene las inscripciones abiertas. Contacto: cetys@udesa.edu.ar.
Es PhD en Economía y ex Vocal de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Argentina). Investigadora en el Centro Tecnología y Sociedad (CETyS) de la Universidad de San Andrés y profesora en cursos de postgrado en Economía Aplicada al Derecho de la Competencia, Mercados Digitales y Fintech en la Universidad de San Andrés. Editora de la Columna Latinoamericana de Competition Policy International (CPI). Ha publicado un importante número de artículos en revistas como Journal of European Competition Law & Practice, Development Policy Review, Information Economics and Policy, Review of Network Economics, Telecommunications Policy, entre otras. Asesora de agencias de competencia y consultora de organismos internacionales.
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