Cetys

.02

Desafíos del enfoque parroquial del principio de territorialidad en la adjudicación de jurisdicción sobre infracciones transfronterizas del derecho de autor dentro de la economía digital

Consideraciones sobre el Derecho de Autor en el entorno de Internet en América Latina

Sobre el autor

Carlos Castellanos

Analista regulatorio senior en Cullen International para las Américas especializado en regulación de los sectores de Medios, Telecomunicaciones y Economía Digital. Anteriormente se desempeñó en Baker McKenzie como asociado senior del grupo de práctica de TMT y como asesor senior de la Junta de Comisionados de la Comisión de Regulación de Comunicaciones de Colombia (CRC). Abogado de la Universidad de los Andes de Colombia, y LLM en Derecho de la Propiedad Intelectual Europea y Derecho de la Tecnología de la Información de la Universidad de Estocolmo. Especialización en derecho de autor y derechos conexos en la economía global, otorgado por la oficina de registro de marcas y patentes Sueca (PRV) y por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)

RESUMEN

La territorialidad ha sido la aproximación prevalente al hablar de protección de derechos de propiedad intelectual (PI). Sin embargo, también es cierto que el referido principio no ha dejado de ser controversial en los últimos años. En un mundo globalizado bajo estructuras de comunicaciones ilimitadas la misma obra, invención o signo distintivo es susceptible de ser protegido por diferentes conjuntos de derechos alrededor del mundo, mientras que las infracciones no permanecen herméticamente selladas dentro de las fronteras nacionales. El derecho internacional público (DIP) ha sugerido que ignorar la naturaleza territorial de los derechos de autor deriva en hacer que la discusión acerca del derecho internacional privado (PIL) sea incoherente, debe tenerse en cuenta que la interdependiente naturaleza de las cadenas de valor transnacional actuales ha retado la consistencia tradicional de lo que aquí acuñamos como la aproximación parroquial del principio de trato nacional, ergo, del principio de territorialidad. Una premisa básica del referido principio en la materia es que cada Estado determina si un derecho de autor existe y en que medida o alcance se protege dentro de sus fronteras territoriales. Por lo que, a diferencia con otros derechos privados en donde un derecho adquirido en un Estado es respetado en otros, el derecho de autor de un nacional extranjero no sigue tal razonamiento. Lo cual conduce a la existencia de un conjunto de derechos paralelos, separados e independientes, y asume que tales derechos generalmente no se adjudican por fuera del territorio protegido. Es aquí donde se deriva la intersección entre el DIP del derecho de autor y el PIL, la cual plantea preguntas importantes sobre qué tribunal tiene jurisdicción para juzgar disputas transfronterizas en la materia, qué ley se aplicará, y si las ordenes judiciales emitidas por tribunales extranjeros en la materia pueden ser reconocidos y aplicados fuera de su jurisdicción. Intersección que, al adoptar un enfoque parroquial, suele sostener que el principio de territorialidad de la ley de derecho de autor obvia la necesidad de un PIL con respecto a sus disputas transfronterizas mediante la asignación ordenada de la jurisdicción y la ley aplicable entre los Estados sobre una base territorial. Por lo tanto, cada Estado adjudica disputas relacionadas con la infracción de sus derechos de autor nacionales, los cuales tienen lugar dentro de su propio territorio y bajo su propia ley de derecho de autor; situación que puede generar problemas entre cortes que se enfrentan a disputas transfronterizas. La pregunta que se deriva no es si las cortes pueden ejercer jurisdicción sobre los escenarios de infracción transfronteriza de derecho de autor, sino cómo se podrían evitar los fenómenos antes mencionados cuando las cortes civiles de un país decidan ejercer jurisdicción judicial sobre estos tipos de disputas por infracción transfronteriza de derecho de autor. El presente artículo aborda tal problemática enfocándose en las cuestiones de jurisdicción sobre infracciones transfronterizas del derecho de autor, sustentado en estudio de casos en los sistemas normativos de los Estados Unidos (EE. UU.) y la Unión Europea (UE) para determinar si actualmente dicho principio opera de manera afirmativa (i.e. permitiendo u ordenando el ejercicio de la jurisdicción), o de manera restrictiva (i.e. limitando el ejercicio de la jurisdicción).